Un protocolo de acoso a medida, no una plantilla genérica
La Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad y la Ley 15/2022 integral para la igualdad de trato obligan a cualquier empresa, tenga los empleados que tenga, a contar con medidas de prevención y un procedimiento claro para actuar ante una denuncia de acoso laboral, sexual o por razón de sexo.
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No hace falta tener un departamento de RRHH para estar obligado: la ley no fija un mínimo de plantilla para exigir este protocolo. Cualquier empresa, desde el autónomo con un empleado hasta la pyme con varias decenas, debe poder acreditar que cuenta con medidas de prevención y un procedimiento definido si se produce una denuncia.
Qué incluye el servicio
- Protocolo redactado a medida de tu empresa, no una plantilla genérica descargada de internet.
- Procedimiento claro de denuncia, investigación y resolución, con plazos y garantías para ambas partes.
- Medidas de prevención y comunicación interna para que la plantilla conozca el protocolo y sepa cómo actuar.
- Designación del canal y de la persona o comisión responsable de instruir los casos.
- Revisión y actualización anual para mantenerlo alineado con la normativa vigente.
- Incluido sin coste adicional dentro del Pack Cumplimiento Legal.
- App de Empleados: acceso individual para que cada trabajador pueda consultar el protocolo y el canal de denuncia desde su móvil.
Qué pasa si no tienes protocolo
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede sancionar la falta de medidas de prevención frente al acoso como infracción grave o muy grave según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Además, ante una denuncia real, no contar con un procedimiento definido deja a la empresa sin forma de acreditar que actuó con la diligencia que exige la ley.
Cómo trabajamos
Analizamos el tamaño y la estructura de tu empresa para redactar un protocolo realista, que puedas aplicar de verdad y no un documento que se quede en un cajón. Te entregamos el protocolo listo para implantar, junto con el modelo de comunicación interna para dar a conocerlo a tu plantilla, y lo revisamos cada año para mantenerlo actualizado.
Preguntas frecuentes
¿Estoy obligado a tener este protocolo aunque sea autónomo con pocos empleados?
Sí. La Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad y la Ley 15/2022 no fijan un mínimo de plantilla: la obligación de contar con medidas de prevención frente al acoso aplica a cualquier empresa con personas trabajadoras a su cargo.
¿Tengo que pagar aparte por este servicio?
No si ya tienes contratado el Pack Cumplimiento Legal: está incluido sin coste adicional. También puede contratarse de forma independiente si no tienes el Pack.
¿El protocolo es una plantilla genérica?
No. Lo redactamos a medida de tu empresa: tamaño de plantilla, estructura organizativa y canal de denuncia se adaptan a tu caso concreto, no a un modelo estándar.
¿Qué pasa si se presenta una denuncia real?
El protocolo define quién la recibe, cómo se investiga con garantías para ambas partes, los plazos del procedimiento y las medidas que se pueden adoptar al resolverlo.
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Nada de plantillas genéricas: políticas de privacidad, avisos legales y RAT adaptados a cada cliente.
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