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Protección de datos

Cámaras de videovigilancia en tu negocio: lo que exige el RGPD

21 de octubre de 2026 · 3 min de lectura

Una cámara de seguridad sobre un cartel rectangular de zona videovigilada

Ponerse una cámara en el local sale barato. Lo que sale caro es ponerla mal. La AEPD recibe cada año miles de denuncias por videovigilancia y buena parte acaban en multa, casi siempre por tres cosas muy fáciles de evitar.

El cartel

Tiene que estar a la vista antes de entrar en la zona grabada. Debe decir quién es el responsable, para qué se graba y dónde se pueden ejercer los derechos. Un cartel tapado, descolorido o sin esos datos cuenta, a efectos prácticos, como no tener cartel. Por esto solo, las resoluciones recientes de la AEPD han llegado a multas de entre 1.000 y 6.000 euros.

Qué puedes grabar y qué no

Tu local, sí. La calle, no, salvo la franja mínima imprescindible junto a la puerta. Captar vía pública de más se ha sancionado con entre 600 y 3.000 euros según los casos. Tampoco puedes poner cámaras en aseos, vestuarios ni zonas de descanso de los empleados.

Cuánto tiempo guardar las imágenes

Un mes como máximo, salvo que haya un incidente y tengas que entregar las imágenes a la policía o al juzgado. Pasado ese plazo hay que borrarlas. Muchas grabadoras vienen configuradas para guardar meses o años; revisa la tuya.

Si tienes empleados

Tienes que informarles de que existen las cámaras. Puedes usar las imágenes para controlar el cumplimiento de sus obligaciones, pero siempre dentro de lo que marca la ley y con esa información previa dada.

Quién puede ver las grabaciones

Solo las personas autorizadas. Nada de enviar un vídeo por WhatsApp porque alguien ha hecho algo gracioso o sospechoso. La AEPD sancionó con 20.000 euros a una presidenta de comunidad que compartía grabaciones así; después se redujo por pago voluntario.

Lista rápida

  1. Cartel visible en cada acceso, con los datos completos.
  2. Cámaras orientadas solo a tu local.
  3. Grabadora configurada para borrar a los 30 días.
  4. Acceso a las imágenes con clave y solo para quien lo necesite.
  5. Empleados informados.
  6. Incluir la videovigilancia en tu registro de actividades de tratamiento.

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